2- DERECHOS ELECTORALES FUNDAMENTALES

2.2 Derecho al sufragio activo


Voto como ejercicio de derecho político y acto de naturaleza intransferible. Garantía del voto secreto.


La garantía del voto secreto implica otro concepto fundamental y que se encuentra ínsito en la norma constitucional comentada, la libertad y personalidad del voto, esto es, que cada ciudadano debe ejercitar personalmente su propio derecho, con exclusión de cualquier forma de delegación, pues se trata de un acto de naturaleza intransferible que sólo puede realizar la persona misma, protegiéndolo contra cualquier forma de presión, amenaza o violencia.

El voto, se traduce en el ejercicio de un derecho político, es un instrumento al servicio del ciudadano, mediante el cual, participa en la vida pública y crea un vínculo entre éste y el Estado, legitimando así el poder político, producto de una elección periódica, democrática, libre y participativa.


N.° 0919-1999 de las nueve horas del veintidós de abril de mil novecientos noventa y nueve.- Solicitudes presentadas para que se retome la jurisprudencia establecida por este Tribunal sobre la utilización de poderes especiales, para que los delegados puedan hacerse representar en la realización de las Asambleas de los Partidos Políticos. Así como la referida a la presencia de delegados designados por este Tribunal en las Asambleas Cantonales de los partidos inscritos.-